LEGISLATURA APRUEBA NUEVA LEY QUE IMPONE COMO REQUISITO PARA INGRESAR EN EL REGISTRO UNICO DE LICITADORES QUE SE PROVEA EVIDENCIA Y SE PRESENTE CERTIFICACION DE 1) TENER POLITICA LABORAL DE EQUIDAD SALARIAL Y 2) UN PROCESO DE AUTOEVALUACION SOBRE PRACTICAS DE COMPENSACION.  La ley concede un año, a vencer el 31 de julio de 2018, para establecer la política y el programa de evaluación.  


Hace dos semanas, el 1 de agosto de 2017, se aprobó la Ley 61-2017.  Esta ley complementa la Ley 16-2017, sobre la cual escribimos un artículo hace unas semanas.  Mediante la misma, el gobierno estableció un requisito adicional para ingresar o mantenerse en el Registro Unico de Licitadores.  La ley aplica, por tanto, a toda empresa, patrono, corporación o persona natural que quiera hacer negocios con el gobierno.  Este requisito es el siguiente: el licitador debe proveer evidencia y certificar que tiene una política laboral de equidad salarial por razón de sexo, y que ha culminado o tiene en proceso un programa de autoevaluación de sus prácticas de compensación, mediante el cual ha logrado un progreso razonable para eliminar las diferencias salariales entre hombres y mujeres cuando estos realizan trabajos comparables.  


La Ley define trabajo comparable como aquél que requiera sustancialmente similares funciones, esfuerzo, habilidad y responsabilidad, y que se realiza bajo condiciones similares.  La Ley también aclara que la diferenciación en el título o descripción del puesto no será lo determinante para establecer si varios trabajos son o no comparables.  


Según la Ley, el Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos tiene 90 días, contados a partir del aprobación de la Ley, para establecer un Reglamento que contenga las guías uniformes por las cuales se regirán los programas de autoevaluación.  Sin embargo, dichos programas deberán contener un detalle y cubierta razonable, y deben exponer las metas de manera clara a corto plazo, tomando en consideración el tamaño y los recursos del patrono.  El patrono que incumpla con esta disposición de ley incurrirá en delito grave y se le excluirá del Registro por el término de un año.  Además, se pueden imponer multas administrativas.


Todo patrono, corporación, empresa o persona que interese tener contratos con el gobierno, o ya esté inscrito en el Registro Unico de Licitadores, tiene un año para adoptar la correspondiente política de equidad salarial, y para haber comenzado o concluido el proceso de autoevaluación de sus prácticas de compensación salarial, incluyendo tener un progreso razonable para eliminar cualquier desigualdad por razón de sexo.  Este término vence el 31 de julio de 2018.


La discusión anterior es un breve resumen de la Ley y no debe interpretarse como un consejo legal.  Por ende, siempre consulte con el profesional correspondiente antes de realizar cualquier cambio que pueda afectar derechos y responsabilidades en el lugar de empleo. 


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